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    Jueza federal concede amparo contra la reforma judicial por vicios de procedimiento

    Una jueza federal otorgó el primer amparo contra la reforma judicial al considerar que el Congreso de la Unión no está facultado para realizar una sustitución constitucional de esta magnitud. María Gabriela Ruiz Márquez, jueza sexta de Distrito en materia Administrativa en Jalisco, declaró que el proceso legislativo de la reforma tiene vicios que afectan su validez, ordenando dejar sin efecto cualquier acto relacionado, incluido el proceso electoral de jueces, magistrados y ministros previsto para 2025.

    Resolución histórica

    En su fallo emitido el 6 de diciembre, la jueza Ruiz subrayó que no se pronunció sobre la constitucionalidad del contenido de la reforma, sino sobre las irregularidades en su procedimiento legislativo. La reforma, afirmó, supone una sustitución constitucional que afecta principios fundamentales como la división de poderes y la independencia judicial.

    “La calidad democrática del procedimiento legislativo debió ser impecable, permitiendo la inclusión de todas las voces en un debate abierto, no cerrado ni simulado, como lo ocurrido en este caso”, puntualizó la jueza.

    Alcance del amparo

    El amparo fue concedido a ocho funcionarios del Poder Judicial de la Federación (PJF) que impugnaron la reforma. Sin embargo, la jueza señaló que los efectos de su resolución podrían beneficiar a otros ciudadanos que no acudieron al juicio.

    Principales observaciones de la jueza

    La resolución criticó el cambio del sistema de carrera judicial hacia un modelo de elección popular, señalando que esto compromete la imparcialidad de los jueces y la independencia judicial. También destacó la falta de justificación para otras disposiciones, como la creación de jueces sin rostro o las restricciones en los efectos generales de los juicios de amparo.

    Ruiz Márquez argumentó que el Congreso no justificó cómo estas modificaciones fortalecerían el Poder Judicial ni ofreció razones sólidas para los cambios propuestos. Además, calificó como inadecuada la eliminación de requisitos para cargos judiciales, lo que podría afectar la capacitación y especialización.

    Conclusión de la jueza

    La jueza declaró que el Congreso no tiene facultades para realizar una sustitución constitucional bajo el pretexto de una reforma. “El desconocimiento de un régimen democrático asentado sobre ideales de control del poder no es un acto al alcance del poder de reforma, pues implica el desapego a la forma de gobierno republicana y democrática”, concluyó.

    Este fallo representa un revés significativo para la reforma judicial y plantea interrogantes sobre su futuro en el ámbito legal y político.

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