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    La SCJN le dice “NO” a la despenalización del aborto en Veracruz

    La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) desechó este miércoles el proyecto que buscaba erradicar las obstaculizaciones legislativas en Veracruz en materia de interrupción del embarazo.

    Cuatro integrantes de la Primera Sala de la Corte rechazaron el proyecto del ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá, en el que se planteaba que la actual legislación de Veracruz es omisa, discriminatoria y violatoria a los derechos reproductivos de las mujeres.

    El proyecto proponía que el Congreso de Veracruz modificara los artículos 149, 150 y 154 del Código Penal del estado para despenalizar el aborto hasta las 12 semanas de gestación, incluir la causal de riesgo para la salud de la mujer y eliminar el plazo de 90 días para la interrupción en casos de violación.

    El asunto se turnará a otro ministro o ministra de la Corte, quien deberá elaborar un nuevo proyecto.

    La discusión del proyecto

    Al expresar su voto en contra, la ministra Norma Lucía Piña Hernández señaló que la interrupción del embarazo en Veracruz sí “está regulada”, por lo que dijo no compartir el concepto de “omisión legislativa” en el amparo interpuesto por organizaciones civiles, feministas y defensoras de derechos humanos.

    “No existe un mandato que obligue a los legisladores a regular de forma específica. La Corte incurriría en activismo judicial que desbordaría sus facultades constitucionales (…) No me pronuncio en cuanto al fondo de la constitucionalidad de las normas; voy en contra del proyecto por el tratamiento que se le da”, expuso.

    La ministra Margarita Ríos-Farjat también se pronunció en contra del proyecto, alegando que no hay omisión legislativa porque, señaló, la norma sí existe.

    En tanto que los ministros Mario Pardo Rebolledo y Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena también rechazaron el proyecto, coincidiendo con las posturas de sus compañeras.

    Luego de la votación, el ministro ponente, Alcántara Carrancá, lamentó que el proyecto fuera rechazado por las razones expuestas, pues, enfatizó, sí hay una obligación legislativa por parte de los congresos estatales –en este caso Veracruz– para reformar sus normas en favor de los derechos reproductivos de las mujeres.

    “(También hay) un interés legítimo para reclamar las omisiones legislativas. El objeto (de este reclamo) se enfoca en la protección y defensa de los derechos de las mujeres (…) Existe una obligación inmediata de reformar aquellas normas que sean discriminatorias o sean fuentes de violencia hacia las mujeres”, expresó.

    En este sentido, el ministro hizo un llamado a estudiar y analizar los razonamientos estereotípicos que subyacen las normas en materia de interrupción del embarazo.

    Mientras la discusión se llevaba a cabo, los llamados grupos “pro-vida” protestaron frente a la Suprema Corte para exigir que el proyecto fuera desechado.

    que el Congreso de Veracruz fue omiso y que tiene la responsabilidad de reformar el Código Penal para despenalizar el aborto hasta las 12 semanas de gestación, por causal de salud y sin plazos en casos de violación, tal como establecen las leyes en la Ciudad de México y Oaxaca.

    Esta exigencia viene desde 2016, cuando organizaciones civiles solicitaron una declaratoria de Alerta de Violencia de Género (AVG) por Agravio Comparado en Veracruz, donde a las mujeres se les restringe la interrupción del embarazo por causales como violación o riesgos para su salud.

    El Código Penal local también establece que el aborto solo podrá ser practicado en los primeros 90 días de gestación

    El propio gobierno de Veracruz había aceptado las recomendaciones hechas en este sentido por la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres (Conavim) y el Instituto Nacional de las Mujeres (Inmujeres). Sin embargo, a la fecha, no ha reformado su Código Penal.

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