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    InicioCHIHUAHUALas muertas de Juárez: Campo algodonero,  un referente  en el olvido

    Las muertas de Juárez: Campo algodonero,  un referente  en el olvido

    La sentencia de Campo Algodonero emitida hace 15 años por la Corte Interamericana de Derechos Humanos fue posible gracias al reclamo de justicia de familiares de las víctimas de feminicidio, activistas, diputadas, senadoras, abogadas, juzgadoras y funcionarias que visibilizaron las fallas del Estado mexicano en el cumplimiento de instrumentos internacionales.

    Se trata de un movimiento de mujeres que desde 2009 a la fecha hizo de esa emblemática sanción un referente que se fue convirtiendo en leyes nacionales.

    Ésa es la valoración que cuatro destacadas protagonistas de la visibilidad de la violencia feminicida comparten con Excélsior al cumplirse un aniversario más de Campo Algodonero, una sentencia que, sin embargo, contiene tareas incumplidas frente a la impunidad y la mirada patriarcal que prevalece en la indagación de los asesinatos de mujeres.

    Para la abogada feminista Patricia Olamendi el problema radica en la persistencia del desfase entre los esfuerzos federales y locales que llevaron a la condena de la Corte Interamericana el caso de las muertas de Juárez en el inicio del milenio.

    La ministra en retiro Olga Sánchez Cordero, actual diputada federal de Morena, focaliza el gran pendiente en la homologación del delito de feminicidio en todo el país y en la falta de fiscalías especializadas en las entidades federativas.


    Para la diputada Xóchitl Arzola (Morena) el reto radica “en un cambio cultural de la sociedad y sus instituciones para avanzar hacia un verdadero sistema de defensa de los derechos humanos”. Y ejemplifica sus palabras con el caso de Debanhi en Nuevo León.

    En opinión de la diputada Kenia López Rabadán (PAN), los pendientes se expresan en la ausencia de una debida diligencia en las investigaciones de delitos cometidos en contra de las mujeres, mientras continúan estereotipos y estigmas cuando se denuncian.

    ¿QUÉ SIGNIFICó LA SENTENCIA DE LA CORTE?

    Patricia Olamendi, abogada feminista, cuenta haberlo vivido como “un momento muy doloroso para el país, porque era una sentencia muy fuerte y lamentablemente no tuvo el impacto que hubiéramos querido”.

    Impulsora de la impartición de justicia con perspectiva de género, la exlegisladora y exsubprocuradora sostiene que Campo Algodonero es una sentencia emblemática para el continente, porque es la primera vez que la Corte Interamericana toma una decisión basada en la convención de Belém do Pará.

    Nunca había llegado a ese nivel; el caso más cercano había sido el de María de la Peña contra Brasil, cuando llegaron a un acuerdo en la Comisión y no pasó a la Corte. Pero en el caso de las muertas en Ciudad Juárez, lo veíamos venir”, cuenta Olamendi.

    Porque, aunque en México, bajo el gobierno del presidente Fox, hicimos muchísimos esfuerzos, creamos mecanismos de coordinación, hubo una comisionada para Ciudad Juárez, se hicieron estudios e incluso la PGR nombró una fiscal especial para Juárez, la verdad es que ese tema tan complejo nuestro entre lo federal y el fuero común dificultó generar un mecanismo de colaboración, porque había de por medio el tema político”, lamenta quien fuera entonces subsecretaria de Agenda Global y Derechos Humanos en la Cancillería.

    Primero el PAN decía que eran las muertas del PRI, después el PRI decía que eran las muertas del PAN. Y aunque el gobierno federal trató de construir respuestas, no hubo los mismos esfuerzos en el gobierno local”, considera.

    Mandé a hacer un estudio a la Oficina contra la Droga y el Delito de la ONU para revisar los expedientes y había fallas muy grandes en la investigación y en el juzgamiento. Y le correspondía al gobierno local sancionarlos, y no lo hizo”, relata.

    Lo cierto, describe, es que México había fallado a la luz de la Convención de Belém do Pará, que es la Convención para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia Contra las Mujeres, ratificada en 1998 por el gobierno de Ernesto Zedillo, que se tardó dos años en asumir este compromiso internacional que implica que el Estado y el gobierno de un país son responsables ante violaciones graves que se pueden cometer a los derechos humanos de las mujeres.

    Ese antecedente es el que permite a la Corte Interamericana emitir la sentencia de Campo Algodonero porque en México no se había prevenido ni sancionado ni investigado la violencia en Ciudad Juárez.

    TRIUNFO DE LAS MADRES

    Para la diputada. Xóchitl Arzola Vargas (Morena), “la sentencia emitida por el Caso González y otras vs. México fue producto de la movilización social de las mujeres que buscaron evidenciar la operación del patriarcado en las instituciones de impartición de justicia”.

    Recuerda que, entonces, los feminicidios en Ciudad Juárez, Chihuahua, evidenciaron que la violencia de género había alcanzado su expresión extrema y que se constituía en un fenómeno social serio.

    La Corte señaló que el Estado mexicano era responsable de no haber actuado expeditamente para garantizar los derechos humanos de las víctimas y sus familias. Fue una sentencia que representó el triunfo de madres, familias, organizaciones sociales para poner un alto a la indolencia de las instituciones procuradores de justicia y derechos humanos frente a la violencia feminicida”, pondera quien fue la secretaria técnica de la Comisión Especial de Alerta de Género y asesora de la Comisión de Igualdad de Género en la 63 Legislatura del Congreso.

    La diputada Kenia López Rabadán (PAN) coincide con esa autoría: “Con su actuar, las organizaciones de la sociedad civil marcaron un parteaguas en la defensa de los derechos de las mujeres; abanderaron el derecho a la vida libre de violencia e impulsaron que el Estado mexicano reconociera y tipificara el delito de feminicidio y se reconocieran como sujetas de derecho a las niñas y adolescentes”.

    Impulsora de la legislación en materia de paridad e igualdad sustantiva, la exsenadora afirma que “Campo algodonero fue un antes y un después en la protección y promoción de los derechos de las mujeres, especialmente para que vivan libres de violencia”.

    Porque, explica, fue una sentencia de la Corte Interamericana que determinó, para el ámbito legal, los parámetros para investigar, procesar y castigar la violencia de género; y, en la parte social, visibilizó los estereotipos, la estigmatización y las formas de discriminación contra las mujeres.

    Los pronunciamientos de la CIDH también establecieron las directrices de la perspectiva de género para identificar el móvil de la violencia, sobre todo, tratándose de delitos cometidos en contra de las mujeres”, detalla la actual vicepresidenta de la Mesa Directiva de San Lázaro.

    IMPACTÓ A LA SCJN

    La exsecretaria de Gobernación, Olga Sánchez Cordero recuerda que no debe olvidarse que cuando se da la sentencia desafortunadamente se había dado “la lamentable postura del Estado mexicano, a cargo del entonces titular de la Procuraduría de Chihuahua, quien revictimizó a las mujeres que habían sido asesinadas”.

    La actual legisladora plantea que, para quienes, como ella, habían vivido los primeros impulsos de la Cuarta Conferencia Mundial sobre la Mujer, en 1995, “puedo afirmar que representó un antes y un después para el Estado mexicano ante la gravedad y la sistematicidad de la violencia contra las mujeres”.

    Promotora en los últimos 25 años hemos de aumentar la presencia de juzgadoras, magistradas y ministras, y de la necesidad de juzgar con perspectiva de género, Sánchez Cordero evalúa así el impacto:

    Como ministra de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, impulsé esta visión desde 1995 hasta 2013, año en el que pude impulsar la construcción de un primer ejercicio de reflexión sobre cómo juzgar aquellos casos en los que el género implica una asimetría de poder en la controversia, y así originar un impacto diferenciado en las personas que participan en ella, particularmente mujeres y niñas, para lo cual se publicó la primera edición del Protocolo para juzgar con perspectiva de género”.

    ¿HA SERVIDO LA SENTENCIA? ¿PARA QUÉ?

    La diputada López Rabadán explica que Campo Algodonero es una sentencia con cinco ejes rectores: la debida diligencia en la investigación de delitos contra las mujeres; revertir la discriminación y violencia contra las mujeres; erradicar los estereotipos de género; tipificar el feminicidio, y dar protección a niñas y adolescentes.

    Muchos de estos aspectos quedaron inscritos en el marco normativo mexicano. Pero hay pendientes que preocupan, ya que, a la fecha, no hay una debida diligencia en las investigaciones de delitos cometidos en contra de las mujeres, continúan los estereotipos y estigmas contra las mujeres que presentan una denuncia, responsabilizándolas, en muchos de los casos, por generar la violencia de las que son víctimas, eximiendo a los agresores y generando impunidad”, señala la abogada y doctora en Derechos Humanos.

    Expone que, según datos oficiales, en México diariamente, más de 10 mujeres son asesinadas, más de tres son víctimas de desaparición, más de 60 son víctimas de violación y más de 600 presentan una denuncia por violencia de género. “Otro aspecto que lastima a las mexicanas son los ataques con ácido, del cual, no existe una cifra oficial”.

    La diputada Sánchez Cordero tiene una perspectiva más optimista, pero admite que, si bien “se puede decir que hemos logrado casi un cumplimiento total de lo dictado por la Corte Interamericana, aún falta la homologación del delito de feminicidio en todo el país y que todas las entidades federativas cuenten con fiscalías especializadas en la materia”.

    Destaca que en la Secretaría de Gobernación (2018-2021) dispuso de un seguimiento puntual con la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres, junto con la Comisión Nacional de Búsqueda, para desarrollar el Programa Nacional de Armonización del Protocolo Alba; actualizar los protocolos de las entidades federativas y alinearlos a estándares internacionales de derechos humanos, así como al Protocolo Homologado de Búsqueda.

    Indica que como presidenta de la Mesa Directiva del Senado apoyó en el diseño de una herramienta destinada a la armonización legislativa en materia de género de cada entidad, analizando sus déficits y avances.

    Y destaca las modificaciones impulsadas en el segundo tramo del sexenio anterior a los Códigos Penal Federal y Nacional de Procedimientos Penales, así como a las leyes generales del Sistema Nacional de Seguridad Pública; de Víctimas y de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.

    Enfatiza que, en el Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares, “incluimos que en casos que impliquen violencia en contra de las mujeres, adolescentes y niñas, la autoridad deberá ordenar medidas de protección como la separación del domicilio de la persona agresora con independencia de que tenga la titularidad de la posesión o propiedad, las cuales deberán cumplimentarse en un término no mayor a 72 horas”.

    FALTA UN CAMBIO CULTURAL

    En contraste, Xóchitl Arzola Vargas, presidenta de Mujeres en Cadena por una Vida Digna A.C. y asesora del Secretariado Técnico para el Análisis y Estudio de la Reforma Constitucional y el Marco Legal del Estado de México (Sectec), centra su balance en el cambio cultural pendiente.

    Si bien a partir de la sentencia se tuvieron avances en la visibilización de los feminicidios y la sensibilización de los servidores públicos, aún existe una cultura patriarcal que sigue culpando a las víctimas y retrasando las investigaciones en casos de desapariciones que terminan en feminicidio. Por poner un ejemplo, el caso de Debanhi en Nuevo León, queda pendiente un cambio cultural de la sociedad y sus instituciones para avanzar hacia un verdadero sistema de defensa de los derechos humanos”, sostiene.

    Asimismo, es muy importante la sensibilización de la sociedad misma, debemos educar tanto a nuestras niñas y niños en la cultura del respeto y la equidad de género. Mientras no logremos un cambio cultural, el fenómeno se seguirá repitiendo”, alerta la legisladora y activista mexiquense.

    EL DESFASE PERSISTE

    En la evaluación de Patricia Olamendi, el problema radica que en como cuando se dieron los feminicidios en Juárez, ahora persiste el desfase entre autoridades. “Tenemos esta problemática de lo local y lo federal”.

    Comenta que, si bien se ha mantenido la figura de una comisionada contra la violencia, lo que actualmente es la Conavim, impulsando acuerdos con los estados y concentrada en las alertas de género, “es un nivel muy bajo en la administración pública para el tamaño de la problemática”.

    Son acuerdos motivados, dice, por la asignación de recursos. Pero las autoridades locales “no necesariamente hacen lo que tienen que hacer”.

    En el ámbito legislativo hemos avanzado mucho en reconocer diversas formas de violencia, “pero a nivel de prevención es prácticamente mínimo; a nivel de atención, casi nulo”.

    Si algo hay en México que caracteriza esta violencia contra las mujeres es la impunidad.

    Hemos avanzado poco, lamenta Olamendi, “porque nunca los gobiernos, no me refiero sólo al federal, sino a los locales también, comprendieron que discriminación y violencia son las dos caras de la misma moneda y que, lejos de avanzar en el combate a la violencia, generaron mecanismos para justificarla”.

    Son mecanismos que han funcionado a favor de agresores, delincuentes y de la impunidad. “¿Qué tanto impacto tiene la muerte violenta de unas mujeres? Pues ya pasó a ser un número”.

    Cuestiona que en las entidades optan por salidas que califica de truculentas para decir que un feminicidio no lo es y fue un homicidio doloso o un homicidio culposo. “¿Cuántos estados reportan violación sexual? Una cantidad pequeña; todos lo consideran abuso sexual. Porque hay una diferencia de años en la penalización”, ilustra.

    Además, agrega, tenemos el crecimiento brutal de las llamadas desapariciones que en realidad son secuestros con fines de explotación sexual, trata de personas y vientres de alquiler.

    La sentencia no ha impactado, sigue sin impactar, porque los sistemas de seguridad nacional no consideran tan grave la problemática que es hoy la violencia contra las mujeres”, sostiene Olamendi.

    ¿Afecta la reforma judicial? ¿La supremacía legislativa?

    La diputada López Rabadán considera que los cambios efectuados en los últimos años implican un retroceso.

    Con la reforma judicial, desconocen y se alejan irresponsablemente de los instrumentos internacionales que brindan la protección más amplia de los derechos y libertades fundamentales. Dejan en desprotección a las y los mexicanos, violentando su derecho a una defensa digna”, indica la panista.

    Por ejemplo, desoyeron la sentencia de la CIDH del Caso Tzompaxtle Tecpile y otros vs. México, en la que se encontró responsable al Estado de violaciones a los derechos de libertad personal y a la presunción de inocencia por la aplicación de la prisión preventiva oficiosa. A la CNDH la dinamitaron”, enumera.

    Comenta la política de oposición que hace 15 años se aceptó la competencia contenciosa de la CIDH. “Sin embargo, con las modificaciones a la constitución en materia judicial —promovidas por el régimen de Morena—, se está abandonando, en la práctica, de forma irresponsable el sistema interamericano de derechos humanos, violando la Convención Americana sobre Derechos Humanos y nuestra propia Constitución en su artículo primero”.

    REFORMA NO AGRAVA EL PROBLEMA

    La diputada Arzola Vargas rechaza esa visión: “No me parece que la reforma judicial agrave este problema, es una ventana de oportunidad para contar con gente más sensible a las necesidades sociales en la impartición de justicia. Por ejemplo, con la elección de juezas y jueces, podremos elegir entre las personas que tengan una tendencia hacia la procuración de justicia con perspectiva de género”, confía.

    Considera que con la reforma, adicionalmente, “podremos hacer un balance de quienes han culpado y revictimizado a mujeres que han sufrido violencia de género. Ahora, en el caso de la supremacía constitucional, solo se ha llevado a la constitución lo que ya estaba en la Ley”.

    Y remata: “No me parece que constituya un riesgo a los derechos humanos, porque como hemos visto, el país viene en una tendencia progresista desde hace varias décadas. Tendremos que verlo”.

    En el mismo sentido, la ministra en retiro Sánchez Cordero ataja: “Contundentemente, te respondo que las aprobaciones de esas reformas de ninguna manera representan una pérdida de la vigencia de una sentencia de esa naturaleza y mucho menos un retroceso a los avances logrados en la protección más amplia de las mujeres, niñas y adolescentes, sin embargo, hay quienes quieren hacer creer todo lo contrario con argumentos insostenibles, con descalificativos y confusiones de su impacto actual en relación a la soberanía y la protección de los derechos humanos”.

    Plantea la exministra de la Suprema Corte que el hecho de que se haya modificado la manera en que se venían realizando las designaciones de las personas juzgadoras y la restructuración de las áreas que integran el Poder Judicial de la Federación, “de ninguna manera implica que quienes resulten electos deban de dejar de aplicar los principios y bases en que se rigen los procedimientos jurisdiccionales, sino por el contrario deberán fortalecer a la institución y velar por la resolución del fondo sobre los formalismos”.

    Y en cuanto a la reforma de supremacía constitucional, la exfuncionaria del gobierno anterior sostiene que ésta “apunta hacia el rescate del poder soberano perdido en las últimas cuatro décadas e integra un modelo de ingeniería constitucional basado en el poder soberano, lo cual de ninguna forma es contrario a la defensa y promoción de los derechos humanos”.

    EL RIESGO ESTÁ EN LA OMISIÓN

    Para Patricia Olamendi el riesgo no está en las reformas sino en la omisión del tema en los esquemas de seguridad pública recientemente presentados en el nuevo gobierno de Claudia Sheinbaum. “No está la violencia contra las mujeres, como uno de los temas principales”, subraya.

    Para quien fuera la primera presidenta de un organismo para las mujeres, durante la gestión del gobierno capitalino de Cuauhtémoc Cárdenas, “el tratado sigue siendo ley en México, una vez que se ratifica y se publica. O sea, Belém do Pará es ley en México, puedes invocarlo, y un juez puede utilizarlo, porque no se tocó el artículo primero que contiene el principio propersona”.

    Autora del protocolo para investigación criminal de feminicidios, sustentada en la primera sentencia que en ese tema emitió la SCJN en 2015, Olamendi precisa que, además, afortunadamente, “nosotras pusimos en leyes federales lo que venía en los tratados. Y tenemos sentencias de la Suprema Corte que son jurisprudencia; en ese caso, la sentencia Mariana Lima que se analiza conforme a la Convención de Belém do Pará”.

    Eso sí, se pronuncia por garantizar la paridad en la elección de juezas.

    Se debe seguir estudiando Campo Algodonero y, además, yo haría un llamado al secretario de Seguridad a que todas las recomendaciones de la sentencia estén en su programa de seguridad, si quiere asegurar que el derecho a una vida libre de violencia, que viene en la reforma constitucional que mandó la Presidenta, se cumpla”, expone.

    Habla de la necesidad de policías especializados y de códigos únicos familiares, para asegurar que los delitos no tengan estos desfases tan grandes que tienen las penalidades en el país; homologar medidas de protección. Y de presupuesto suficiente para asegurar ese derecho, lo cual implica infraestructura.

    Si no, vamos a seguir con este problema, porque hemos dejado que los gobiernos locales decidan que es prioridad o no. Y las mujeres no estamos en las prioridades.

    Y, lamentablemente, no me checa el audio con el video, diríamos popularmente, porque mandan una reforma constitucional del derecho una vida libre de violencia, pero ¿en dónde está el programa o la parte del programa de seguridad del país que asegura ese derecho de las mujeres a una vida libre de violencia?”, enfatiza.

    TOMADA DE EL EXCELSIOR

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