MÉXICO
Las comisiones de Gobernación y Estudios Legislativos Segunda del Senado aprobaron por unanimidad la reforma a la Ley de Seguridad Nacional para regular a los agentes extranjeros de agencias como la DEA, FBI, CIA, y ICE, entre otros.
Confía Monreal en que Senado regulará a agentes extranjerosPUBLICIDAD
Con ello, se pretende regular y transparentar “un añejo reclamo” sobre la presencia y participación de agentes del extranjero en México, para que actúen en el marco de la cooperación bilateral, indicó.
La actuación de los agentes extranjeros será por un tiempo definido en una solicitud para su desempeño en territorio nacional, plantea el dictamen aprobado.
Limitar la actuación de agentes del extranjero únicamente al desarrollo de las actividades de enlace para el intercambio de información con autoridades mexicanas, en términos de lo dispuesto en la acreditación que se hubiese expedido a su favor”, dice.
Agrega que la información que recaben los agentes investigadores de otros países la deberán de hacer de conocimiento de las autoridades mexicanas.Lea el artículo
Establecer la obligación de agentes del extranjero de poner en conocimiento de las autoridades mexicanas la información que se alleguen en el ejercicio de sus funciones, por conducto de la Secretaría de Relaciones Exteriores, y de presentar ante las secretarías de Relaciones Exteriores y de Seguridad y Protección Ciudadana un informe de carácter mensual en las materias relativas a los convenios de cooperación bilateral”, apunta el dictamen.
Incluso, plantea que los agentes extranjeros, en caso de cometer un ilícito deberán ser sancionados penalmente de acuerdo al marco legal de México.
Se propone que las y los agentes extranjeros no tengan ninguna inmunidad en caso de incurrir en la comisión de delitos o infracciones o por infringir las disposiciones normativas que prohíben a personas extranjeras el ejercicio de funciones reservadas a las autoridades mexicanas”, señala el texto.
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Con la enmienda legal también se busca establecer un Grupo de Alto Nivel de Seguridad, como órgano auxiliar del Consejo de Seguridad Nacional, para la atención y gestión de los convenios, programas y temas estratégicos de cooperación.
Asimismo, esrablecer un Grupo de Coordinación Operativa, como órgano auxiliar del Consejo de Seguridad Nacional, encargado de coordinar y supervisar la ejecución de los convenios, programas, acciones o acuerdos suscritos.