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    Qué pensionados del IMSS no recibirán aguinaldo este fin de año

    El aguinaldo es uno de los ingresos económicos más esperados por millones de trabajadores pero también para las personas jubiladas, y de acuerdo con la ley se debe pagar antes del 20 de diciembre y el monto debe ser equivalente a 15 días de salario, como mínimo.


    En el caso de los afiliados ya pensionados, el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) informó que la primera parte del aguinaldo será depositada desde el 2 de noviembre, es decir, antes del periodo del Buen Fin, mientras que la segunda parte se entregará a finales de año, o en el pago mensual de enero de 2024.

    Pero no todo son buenas noticias, pues el IMSS pagará aguinaldo sólo a los pensionados que se jubilaron bajo la ley del 73, es decir, para aquellos trabajadores que se dieron de alta en el Seguro Social antes del 30 de junio de 1997.

    En el caso de quienes se afiliaron a partir del 1 de julio de 1997, comúnmente se dice que cotizan bajo la Ley del 97, a los cuales no les corresponde aguinaldo en caso de haber concluido su periodo activo como empleado.

    ¿Qué necesito para cobrar el aguinaldo si soy jubilado del IMSS?

    Los trabajadores pensionados tanto del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) como del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE) tienen derecho a recibir aguinaldo siempre y cuando se hayan jubilado por Cesantía en edad avanzada o por vejez bajo la Ley 73 del seguro social.


    Ahora, si te preguntas de cuánto será el pago de aguinaldo a los pensionados del IMSS, el monto corresponde al equivalente de un mes completo de la pensión regular.

    Por ejemplo, si un beneficiario recibe una pensión mensual de 8 mil pesos, su aguinaldo será por la misma cantidad. Naturalmente la cifra dependerá de cada caso.

    En este 2023 se les pagará aguinaldo a las personas que tengan al menos 60 años de edad y hayan cumplido con el periodo mínimo de cotización de acuerdo con la Ley del Seguro Social de 1973, es decir de 500 a 1250 semanas de cotización.


    Es importante señalar que deben haber causado baja del Régimen Obligatorio del Seguro Social. También estar privado de trabajo remunerado y tener vigente los derechos.

    Las personas jubiladas que cumplen con estos requisitos reciben aguinaldo cada año por parte del IMSS o en su caso, del ISSSTE.

    En cuanto a las personas pensionadas por el ISSSTE, éstas reciben 60 días de su pensión, por lo tanto, deben multiplicar la pensión diaria por 60.


    El IMSS aclara que para las pensiones de Cesantía en Edad Avanzada o Vejez bajo el amparo de la Ley del Seguro Social vigente (1997) no reciben importe por este concepto.

    La buena noticia para quienes se jubilaron bajo el régimen del 97 y tienen más de 65 años de edad, es que podrán contar con la pensión no contributiva que otorga la Secretaría del Bienestar, la cual se entrega de manera independiente al IMSS o al ISSSTE.

    Cabe recordar que el aguinaldo es un derecho de las y los trabajadores establecido en La Ley Federal del Trabajo en su Artículo 87.

    Todas las personas trabajadoras tienen derecho a recibir cada año un aguinaldo que las empresas deben pagar antes del 20 de diciembre, y la cantidad debe ser equivalente a 15 días de salario, como mínimo.

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