Chihuahua.- El juez de control Humberto Chávez dictó auto de vinculación a proceso en contra de César Duarte Jáquez por los delitos de peculado y asociación delictuosa dentro de la causa penal 3041/2019, relativa al desvío de 96 millones 665 mil 253.80 pesos del erario, que fue entregado a la Unión Ganadera Regional División del Norte y Financiera División del Norte S.A. DE C.V. S.O.F.O.M. E.N.R., de las cuales el exgobernador era director y socio.
En su resolución, el juzgador señaló que el Ministerio Público presentó los datos de prueba suficientes para suponer la existencia de estos hechos delictivos y que se puede presumir la participación del imputado pues, siendo él gobernador del estado y responsable de administrar los recursos económicos, fue parte de un grupo de tres o más personas durante el periodo de 2011 a 2014, dedicado a cometer actos ilícitos.
A través de dicha asociación se realizaron 17 pagos reiterados e irregulares a la Unión y a la Financiera, morales en las cuales Duarte tenía interés personal y de negocios, simulando 11 procedimientos administrativos correspondientes a convenios y contratos para la entrega de apoyos y subsidios para justificar la salida del dinero, pues no se encontró evidencia alguna de que lo otorgado a las morales se haya destinado realmente a su fin.
El juez explicó que los abogados del imputado argumentaron que no se acreditó que Duarte Jáquez haya aumentado su patrimonio ni se estableció el destino del dinero, sin embargo, consideró que en esta etapa procesal no se requiere que se compruebe dicho enriquecimiento ni el destino del recurso, sino solamente que se haya malversado el monto destinado a fines públicos.
Por otra parte, manifestó que la parte acusadora presentó diversos testigos que corroboraron que el exmandatario giraba instrucciones a través de personas allegadas a él para que se operaran los desvíos de recursos públicos, por lo que también descartó el argumento presentado por los defensores, quienes manifestaron que la Fiscalía no logró establecer que su representado ordenó directamente a los autores materiales.
En particular, dijo, los atestes identificaron a Jaime Ramón Herrera Corral, entonces secretario de Hacienda y a Carlos Gerardo Hermosillo Arteaga, como los funcionarios que hacían llegar las instrucciones autorizadas por César Duarte.
Sin embargo, en atención al dato de prueba presentado por la defensa de Duarte Jáquez, referente a una nota periodística donde se señala que la Fiscalía ejerció tortura y presiones sobre los testigos, el juez ordenó a la Fiscalía que se hiciera una investigación exhaustiva para establecer si verdaderamente ocurrieron dichos hechos.
El juzgador desechó también el argumento presentado por la defensa respecto a que ciertos datos de prueba se obtuvieron mediante la violación de derechos fundamentales del imputado, pues si bien utilizaron algunos oficios de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV) provenientes de otras carpetas de investigación, dicha documentación se adquirió con la correspondiente orden judicial y como unidad orgánica, la Fiscalía puede utilizar los datos obtenidos de manera legal.
Por otra parte, recordó que el derecho a la privacidad, supuestamente violado por el Ministerio Público, no es absoluto cuando hay una investigación penal de por medio, especialmente si se trata de delitos de corrupción, de conformidad con el artículo 109 de la Constitución.