La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que los congresos locales y sus órganos de fiscalización no tienen facultades para auditar el uso de recursos federales ejercidos por los municipios, al resolver una controversia constitucional relacionada con el estado de Tlaxcala.
El Pleno del máximo tribunal del país dejó en claro que la revisión de fondos federales corresponde de manera exclusiva a la Auditoría Superior de la Federación (ASF), por lo que las entidades estatales no pueden intervenir en su fiscalización directa.
La resolución derivó del análisis de una auditoría realizada en el municipio de Contla de Juan Cuamatzi, donde el Congreso de Tlaxcala y su órgano fiscalizador habían observado presuntas irregularidades en recursos de origen federal, situación que posteriormente fue invalidada por la Corte.
Los ministros señalaron que los congresos locales únicamente pueden revisar recursos estatales o municipales, y que cualquier revisión de fondos federales debe realizarse conforme a la Constitución y bajo coordinación expresa con la ASF.
Con esta determinación, la SCJN sentó un criterio de alcance nacional que impide la duplicidad de auditorías sobre recursos federales en municipios, reforzando la competencia exclusiva de la federación en materia de fiscalización de dichos fondos.