El Congreso del Estado aprobó una reforma al Código Penal de Chihuahua para tipificar el delito de acecho y establecer sanciones contra quienes persigan, vigilen o mantengan contacto reiterado y no deseado con una persona con la intención de controlarla, intimidarla o coaccionarla.
La modificación incorpora el artículo 206 al Código Penal estatal y establece penas de uno a tres años de prisión, además de multas de 60 a 300 días, para quienes incurran en las conductas previstas por la nueva disposición.
La reforma deriva del análisis conjunto de cuatro propuestas presentadas ante el Poder Legislativo. Entre ellas se encuentra la iniciativa promovida por el diputado local Saúl Mireles, del Partido Acción Nacional, quien señaló que su planteamiento surgió del trabajo realizado con el Instituto Municipal de las Mujeres de Cuauhtémoc.
De acuerdo con el legislador, el acercamiento con dicha institución permitió identificar la necesidad de contar con herramientas jurídicas para atender situaciones de persecución, vigilancia y contacto persistente que pueden provocar temor o afectar la tranquilidad y seguridad de las víctimas.
El dictamen establece que el delito podrá configurarse cuando las conductas sean realizadas de manera reiterada, sin consentimiento de la víctima y con la finalidad de ejercer control, intimidación o coacción.
Mireles destacó que la aprobación busca fortalecer la protección de las personas frente a comportamientos de persecución e intimidación que anteriormente podían enfrentar dificultades para ser atendidos específicamente bajo una figura penal.
Con la incorporación del acecho al Código Penal de Chihuahua, el estado contará con una figura jurídica específica para investigar y sancionar este tipo de conductas bajo los elementos y penas establecidos en la nueva disposición.



