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    Congreso de Chihuahua endurece sanciones por abuso sexual cuando el agresor ejerce su profesión u oficio

    El Congreso del Estado de Chihuahua aprobó una reforma al Código Penal estatal para incorporar un nuevo agravante al delito de abuso sexual y violación, cuando estos sean cometidos por personas que, al momento de perpetrarlos, se encuentren en el ejercicio de su profesión u oficio y se aprovechen de dicha condición.

    La modificación fue avalada tras el análisis de una iniciativa presentada por el Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional y dictaminada por la Comisión de Justicia. Al presentar el dictamen ante el Pleno, la diputada Irlanda Márquez Nolasco explicó que, aunque la legislación vigente ya contempla diversas agravantes para los delitos sexuales, no se incluía de manera expresa la conducta de quienes, desde una posición profesional o de prestación de servicios, utilizan los medios o circunstancias que su actividad les confiere para cometer el ilícito.

    Con la reforma, se adiciona la fracción VIII al artículo 175 del Código Penal del Estado de Chihuahua, estableciendo que las penas previstas para los delitos de violación y abuso sexual se incrementarán hasta en dos terceras partes cuando sean cometidos por quien, desempeñando una profesión u oficio, se valga de los recursos, facilidades o condiciones derivados de esa actividad.

    Durante su intervención, Márquez Nolasco subrayó que la violencia sexual constituye una de las expresiones más graves de violencia contra las mujeres, al atentar directamente contra la dignidad humana y la libertad sexual. Señaló que las consecuencias de estos delitos no solo afectan profundamente a la víctima, sino que su impacto puede ser de larga duración y, en muchos casos, de difícil reparación.

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