La reforma al Código Civil busca facilitar el trámite ante Notario Público y mantener la certeza y legalidad del testamento
Chihuahua, Chih.- El Congreso del Estado de Chihuahua aprobó una reforma al Código Civil para reducir de tres a dos el número de testigos requeridos para otorgar un testamento público abierto, con el objetivo de hacer más accesible este trámite para la ciudadanía.
Durante una Sesión Ordinaria, las y los legisladores aprobaron modificaciones a los artículos 1415, 1417, 1418, 1419 y 1420 del Código Civil del Estado.
De acuerdo con lo expuesto en el dictamen, además de reducir el número de testigos, se establece que uno de los dos deberá saber leer y escribir, mientras que también se realizan ajustes para facilitar el procedimiento cuando el testador no pueda o no sepa firmar.
El diputado Guillermo Ramírez Gutiérrez, presidente de la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales, explicó que la reforma busca adecuar las disposiciones legales a las circunstancias actuales y facilitar a la población el otorgamiento de su testamento.
Señaló que para algunas personas puede representar una dificultad reunir a tres testigos al momento de acudir ante una Notaría Pública, por lo que la reducción a dos permitirá simplificar el procedimiento sin modificar la certeza y legalidad del acto.
El testamento público abierto es otorgado ante una persona Notaria Pública, quien cuenta con fe pública para dar certeza jurídica a la voluntad del testador respecto a sus bienes, derechos y obligaciones para después de su fallecimiento.
¿Qué pasa si el testador no puede firmar?
Entre los cambios aprobados también se contempla que, cuando uno de los testigos no sepa o no pueda firmar, el otro podrá hacerlo en su lugar, siempre que se deje constancia de la circunstancia y se obtenga la huella digital cuando sea posible.
Asimismo, si el testador no sabe o no puede firmar, podrá designar a una persona para que firme en su nombre y a su ruego, sin que sea necesario incorporar un testigo adicional únicamente para cumplir con esa función.
La reforma también contempla situaciones de extrema urgencia. En esos casos, cuando no sea posible llamar a otra persona para firmar por el testador, uno de los testigos podrá hacerlo, dejando constancia de dicha circunstancia.
Con estas modificaciones, el Congreso señaló que se busca facilitar el acceso de la población al testamento y contribuir a que las familias cuenten con mayor certeza respecto a la disposición de bienes, derechos y obligaciones, evitando posibles conflictos y procedimientos judiciales posteriores.



