-Reconoce a tribunales laborales para determinar calidad de víctima.
El Congreso de Chihuahua reformó la Ley de Víctimas para el Estado con la finalidad de incluir a los jueces en materia laboral dentro del catálogo de autoridades facultadas para reconocer a una persona como víctima y, con ello, acceder a los medios para la reparación integral del daño por violaciones a los derechos humanos.
Asimismo, se envió al Congreso de la Unión la propuesta para que se realizara lo propio dentro de la normativa federal, es decir, la Ley General de Víctimas, a fin de consolidar un enfoque integral de atención a víctimas en el ámbito laboral.
El dictamen que dio lugar a la reforma y a la iniciativa ante el Congreso de la Unión, fue presentado por el diputado Francisco Sánchez Villegas, presidente de la Comisión de Justicia, quien enfatizó sobre la necesidad de fortalecer el acceso a la justicia y la reparación integral del daño para las personas trabajadoras, de ahí la reforma realizada.
En este tenor, se incorporó a las personas juzgadoras en materia laboral como autoridades facultadas para determinar la calidad de víctima, lo que otorga por Ley el derecho a una reparación integral, que incluye medidas de restitución, rehabilitación, compensación, satisfacción y garantías de no repetición, es por ello que las personas reconocidas como víctimas pueden acceder a diversos mecanismos de apoyo.
En la actualidad la legislación en materia de víctimas no contempla a las personas juzgadoras laborales dentro del catálogo de autoridades competentes, a pesar de que en el ámbito laboral se presentan con frecuencia casos relacionados con discriminación, acoso, hostigamiento, despidos injustificados y otras vulneraciones a derechos fundamentales, por ello la importancia de realizar las adecuaciones a las normativas mencionadas.
Con ello se destaca el principio de progresividad de los derechos humanos, al ampliar la protección de las personas trabajadoras y fortalecer los mecanismos institucionales para garantizar el acceso efectivo a la justicia.
Dentro de la exposición, se destacó que, la reforma laboral de 2019 fortaleció el papel de los tribunales laborales como instancias jurisdiccionales encargadas de garantizar la protección de los derechos humanos en el trabajo; sin embargo, la ausencia de esta facultad limita el alcance de sus resoluciones en materia de reparación integral.
De igual manera, se señaló que la iniciativa armoniza el marco jurídico con estándares nacionales e internacionales en materia de derechos humanos, particularmente en lo relativo a la protección de los derechos laborales y la obligación del Estado de prevenir, investigar, sancionar y reparar las violaciones a los mismos.
Cabe mencionar que la iniciativa que dio origen a las adecuaciones mencionadas, fue presentada por la diputada América Aguilar Gil.