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    Tribunal Electoral determina que Samuel García incurrió en promoción ilegal por difusión de informe de gobierno

    La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación determinó por unanimidad que el gobernador de Nuevo León, Samuel García, incurrió en promoción ilegal relacionada con la difusión de su cuarto informe de gobierno, al realizar referencias directas a su gestión fuera del periodo permitido por la legislación estatal.

    De acuerdo con la resolución, el mandatario emecista vulneró las reglas sobre difusión de informes al participar en un evento celebrado después del plazo legal establecido para promocionar su cuarto año de gobierno.

    La legislación de Nuevo León permite la difusión de informes únicamente durante los siete días previos y los cinco días posteriores a la presentación oficial del documento, por lo que el Tribunal concluyó que la promoción realizada fue extemporánea.

    La controversia surgió tras una denuncia ciudadana en la que se acusó al gobernador de presuntas irregularidades relacionadas con la promoción de su informe, uso indebido de recursos públicos y actos anticipados de campaña.

    Sin embargo, el proyecto presentado por la magistrada Claudia Valle únicamente acreditó la ilegalidad en la difusión fuera del plazo legal, mientras que el resto de las infracciones denunciadas no fueron confirmadas.

    Como parte de la resolución, el Tribunal Electoral ordenó dar vista al Congreso de Nuevo León para que determine la sanción correspondiente contra el gobernador por la falta cometida.

    La denuncia también incluía señalamientos contra áreas de comunicación social, personal cercano al mandatario y concesionarias de televisión involucradas en la difusión de materiales relacionados con el informe realizado en noviembre de 2025.

    Durante la misma sesión, la Sala Superior resolvió otro asunto relacionado con las obligaciones de transparencia de los partidos políticos, ordenando al Instituto Nacional Electoral modificar parte de los lineamientos que había emitido previamente.

    Los magistrados consideraron que algunas obligaciones impuestas por el INE resultaban excesivas o duplicaban disposiciones ya contempladas en otras leyes, por lo que instruyeron al organismo electoral emitir un nuevo acuerdo ajustado a los criterios establecidos por el Tribunal.

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